- El beneficio mensual, que también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, se solicita una sola vez, para recibir el beneficio hasta abril de 2025, si se cumplen los requisitos.
- El monto del beneficio es variable, considerando la segmentación de la empresa y el período en que se entregará.
- Las empresas que recibieron el subsidio anterior (Ley N°21.456), deben realizar nuevamente la solicitud para acceder al nuevo beneficio.
Ya está disponible en www.sii.cl la opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades puedan solicitar el Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo, beneficio que les entrega un apoyo para el pago del sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.578.
Todas las Mipymes que cumplan los requisitos deberán solicitar este subsidio una sola vez, desde el 20 de junio, a través de la plataforma disponible en sii.cl. Recibirán el subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud. En los siguientes meses y hasta abril de 2025, el beneficio se depositará automáticamente. Las empresas que recibieron el subsidio anterior (Ley N°21.456), deben realizar nuevamente la solicitud para acceder al nuevo beneficio.
PARA MÁS INFORMACIÓN PINCHA AQUÍ